El 7 de agosto de 2017, Vento Motorcycles Inc. (Demandante) presentó por cuenta propia y en representación de Motor Bike, S.A. y Mototransp, S.A. (empresas mexicanas) una solicitud para someter una reclamación a arbitraje conforme al capítulo XI del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).
Vento reclamó la manera y el propósito conforme a los cuales se realizaron dos procedimientos de verificación de origen en 2003 y 2004 respecto de motocicletas producidas y ensambladas en EE. UU.
Sin embargo, el Tribunal Arbitral del TLCAN emitió un laudo en el que determina que México no incumplió compromisos internacionales en contra de la empresa Vento Motorcycles, Inc., por determinaciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la condena al pago de costas.
El Tribunal arbitral del TLCAN confirmó que México no incumplió sus obligaciones emanadas del TLCAN y rechazo las reclamaciones por alrededor de tres mil millones de dólares.
El tribunal determinó que México no incumplió sus obligaciones emanadas del TLCAN y desestimó las reclamaciones sobre el fondo.
De conformidad con el TLCAN y las reglas aplicables al arbitraje, el laudo se hará público con el consentimiento de las partes.
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