noviembre 22, 2024

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Noticiero que avala

Suprema Corte da revés al INE; le ordena no posponer revocación de mandato de AMLO

Dos Ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenaron hoy al Instituto Nacional Electoral (INE) seguir adelante con el proceso para organizar la consulta de revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador.

La Comisión de Receso de la Corte suspendió la resolución del Consejo General del INE, que el pasado 17 de diciembre acordó, por 6 votos contra 5, aplazar la consulta de revocación programada para el 10 de abril de 2022, mientras no se cuente con el presupuesto necesario.

Las Ministras Yasmín Esquivel y Margarita Ríos-Farjat, ambas nominadas a la Corte por López Obrador, admitieron a trámite la controversia constitucional de la Cámara de Diputados contra el INE.

Además, concedieron una suspensión para que el INE no posponga ninguna de las actividades necesarias para la organización de la consulta, en aras de preservar los derechos políticos de la ciudadanía.

«Con la concesión de la suspensión se favorece la continuidad de un ejercicio democrático y ciudadano. Además, el párrafo segundo del artículo 29 de la Constitución Política del país establece que los derechos políticos no pueden ser restringidos o suspendidos de manera general, por lo que la ejecución del Acuerdo del INE pone en riesgo el ejercicio oportuno del derecho de la ciudadanía a decidir si revoca o no el mandato», afirmaron las Ministras.

Agregaron que el INE cuenta con mil 503 millones de pesos para la consulta, por lo que hay «un indicador de viabilidad financiera», y que con estos recursos debe seguir adelante con todas las etapas del proceso.

El INE puede impugnar tanto la admisión de la controversia como la suspensión, pero la Corte está de vacaciones, regresa el 3 de enero y las reclamaciones del órgano electoral difícilmente serán resueltas antes de febrero.

La admisión de esta controversia es una intervención inédita de la Corte para revisar las decisiones del INE en relación con un proceso electoral especifico.

Desde 1996, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) está facultado para revisar las resoluciones del INE sobre elecciones y procesos de revocación de mandato, según indica el articulo 99 de la Constitución.

De hecho, tanto la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, como el partido Morena, ya apelaron ante la Sala Superior del TEPJF la decisión del INE.

Está por verse si los magistrados electorales resolverán estos recursos -lo que podría llevar a sentencias contradictorias con la dictada hoy por la Corte-, o si acordaran que han quedado sin materia.

En la Corte también está pendiente la controversia del INE para impugnar la reducción de la solicitud presupuestal que presento a la Cámara de Diputados, que ha llevado a un déficit de 2 mil 237 millones de pesos para organizar la revocación con el despliegue de casillas que ordena la ley.

El Ministro Juan Luis González Alcántara negó la semana pasada una suspensión al INE en esta controversia, pero solo porque la consulta de revocación todavía no es un hecho, es decir, todavía no esta certificado que se reunieron las 2.7 millones de firmas válidas necesarias para convocarla.

Ahora, las Ministras de la Comisión de Receso consideraron que seria un contrasentido que, por su cuenta, el INE se auto conceda la suspensión de la consulta, que no pudo obtener en su propia controversia ante la Corte.